Esta convocatoria se realiza teniendo como base la Orden de 20 de enero de 2015, por la que se regula el proceso de constitución de los Consejos de Centro en los Centros del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se realiza la primera convocatoria para la renovación de la totalidad de sus miembros, de conformidad con lo establecido en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto.
Los estamentos que componen el Consejo de Centro de un Centro del Profesorado y el número de miembros de cada estamento vienen establecidos en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación
Permanente del Profesorado. Así, los distintos estamentos son:
.- El director o directora.
.- El vicedirector o vicedirectora.
.- Asesorías de Formación del CEP.
.- Jefaturas de estudios de las escuelas de educación infantil de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, de los centros públicos de educación especial o de los centros de educación permanente de su zona de actuación.
.- Docentes que ostenten la jefatura del departamento con competencias en materia de formación del profesorado de los restantes centros docentes públicos de su zona de actuación.
.- Un miembro de los equipos de orientación educativa que desarrollen su actividad en la zona de actuación del centro del profesorado, designado por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.
.- Una persona que ejerza la jefatura del departamento de orientación de un instituto de educación secundaria de la zona de actuación del centro del profesorado, designada por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.
La composición del Consejo de Centro depende del tamaño del CEP. Así, en el caso del CEP de Sevilla, la composición es:
a) El director o directora del centro del profesorado, que ostentará la presidencia.
b) El vicedirector o vicedirectora del centro del profesorado.
c) Cinco asesores o asesoras de formación del centro de profesorado elegidos por el equipo técnico de formación.
d) Cuatro jefes de estudios de las escuelas de educación infantil de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, de los centros públicos de educación especial o de los centros de educación permanente de su zona de actuación.
e) Tres profesores o profesoras que ostenten la jefatura del departamento con competencias en materia de formación del profesorado de los restantes centros docentes públicos de su zona de actuación.
f) Un miembro de los equipos de orientación educativa que desarrollen su actividad en la zona de actuación del centro del profesorado, designado por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.
g) Una persona que ejerza la jefatura del departamento de orientación de un instituto de educación secundaria de la zona de actuación del centro del profesorado, designada por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.
Las solicitudes para las candidaturas en representación de los sectores de los Jefes y Jefas de Estudios y Departamentos con competencias en formación del profesorado, a las que se refiere el artículo 5 de la Orden de 20 de enero de 2015, se cumplimentarán vía telemática, según el modelo Anexo I adjunto en la presente convocatoria, a través del portal docente y la dirección electrónica siguiente.
Dicho formulario se deberá tramitar a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo que dará validez y unicidad a esta.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.