viernes, 22 de septiembre de 2023

CÓMO SOLICITAR LA ACREDITACIÓN DE LA COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE

Ya puedes solictar LA ACREDITACIÓN DE LA COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE POR LA VIA DE LA FORMACIÓN

En esta entrada te vamos a guiar paso a paso sobre lo que debes hacer, pero debes realizarlo lo antes posible ya que el plazo para solicitarlo es de 15 días hábiles a partir de la publicación en la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (Se publicó el 22 de septiembre).

Recuerda que el título que obtienes con tu nivel de acreditación de la competencia digital docente tiene validez en todo el territorio español.

Debes de tener en cuenta los siguientes puntos que son importantes y en el vídeo-tutorial que aparece más abajo te ayudamos en el procedimiento:

A.- Participantes.

La acreditación del nivel de competencia digital docente se realizará a petición de las personas interesadas de acuerdo con la presente convocatoria en los siguientes casos:

a) Ser personal funcionario de algunos de los Cuerpos docentes a los que se refiere la Disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que desempeñe sus funciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Ser personal docente de enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con docencia directa en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Es decir, es para profesorado de centros públicos y concertados.


B.- Requisitos de las personas participantes.

Las personas participantes en la presente convocatoria deberán cumplir el requisito de haber participado y certificado una o varias acciones formativas en los Centros del Profesorado andaluces en materia de competencia digital docente.


C.- Procedimiento de acreditación por la vía de la formación.

El procedimiento de acreditación de la competencia digital docente se realizará a través de la via de la formación desarrollada en los Centros del Profesorado.

Dicho procedimiento de acreditación por la vía de la formación tomará como referente las áreas, competencias, etapas, niveles de progresión e indicadores de logro descritos en el marco de referencia de la competencia digital docente (MRCDD) vigente para los niveles A1, A2, B1 y B2 con las siguientes apreciaciones:

Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente A1, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 40 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel A1 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.

Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente A2, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 50 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel A2 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.

Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente B1, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 60 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel B1 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.

Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente B2, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 70 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel B2 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.


D.- Presentación de solicitudes.

1. Quienes deseen participar en la convocatoria deberán cumplimentar el correspondiente formulario que facilitará esta Administración educativa a través de

la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia educativa, no universitaria, que se encuentra en el siguiente enlace.

En el siguiente vídeo te guiamos paso a paso:

2. Se presentará una única solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado, que incluirá la autorización expresa para la consulta de datos de la persona solicitante que sean necesarios para la resolución de la convocatoria de acreditación.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. Las personas solicitantes deberán estar en posesión de los requisitos exigidos en este procedimiento, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No se tendrá en cuenta la documentación no citada en la solicitud, dado que se revisarán sólo los documentos inscritos en el Sistema de Información Séneca (Historial de formación).


La resolución se puede descargar desde el siguiente enlace.

La resolución contiene un error que ya ha sido subsanado por la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el siguiente enlace.

En el apartado Sexto.3, donde dice:

<< 3. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.>>

Debe decir:

<<3. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.>>


Para obtener más información sobre el Marco de Desarrollo de la Competencia Digital Docente puedes pulsar en el siguiente enlace.